Oportunidad de modificar la base de cotización del RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTONOMOS y la cuota a pagar

 

 

 

Distinguidos señores,

 

Les comunicamos que durante este mes de septiembre, tienen la oportunidad de modificar la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y la cuota a pagar.

 

Esta modificación tendrá efectos a partir del 1 de enero de 2008.

 

Si están interesados en modificar la citada base o cuota (con la finalidad de aumentar la base de cálculo de la jubilación o la baja de incapacidad temporal), les agradeceríamos que nos lo hicieran saber con la máxima antelación posible.

 

Adjuntamos, a título de ejemplo, escala comparativa con algunas opciones (importes vigentes en 2007):

 

Base de cotización

€/mes

Tipo de Cotización

 contigencias comunes

– cobertura IT

Cuota a pagar

€/mes

801,30     

(133.325 ptas.)

- mínima en 2007 -

29,80 %

238,79 (39.731 ptas.)

837,60     

(139.365 ptas. aprox.)

mínima para trabajadores de  50 años o más a 01-01-2007

29,80 %

249,60 (41.530 ptas.)

1.000

(166.386 ptas.)

29,80 %

298 (49.583 ptas.)

 

1.202 

(200.000 ptas. aprox.)

29,80 %

358,20 (59.599 ptas.)

1.560,90

(259.712 ptas. aprox.)

máxima para trabajadores de  50 años o más, salvo que con anterioridad vinieran cotizando por una base superior

29,80 %

465,15 (77.394 ptas.)

2.996,10

(498.509 ptas. aprox.)

- máxima en 2007 -

29,80 %

892,84 (148.556 ptas.)

 

Asimismo, les recordamos, que la Tesorería General de la SS podrá incrementar, anualmente y de forma automática, su base de cotización en el mismo porcentaje en que se aumenten cada año las bases máximas de cotización en este Régimen Especial, previa solicitud antes del día 1 de octubre.

 

Atentamente,

PUIG ASSESSORS

T. 902 550 881

E-mail: info@puigass.com






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