El Art.37 del RD Leg 4/2004 TRLIS que regula la deducción por actividades de exportación, incluyendo en su apartado 1.b) la concurrencia a ferias internacionales, quedará derogado con efectos para los periodos impositivos iniciados a partir de 2011. No obstante, la DA Décima.2 prevé una disminución gradual del porcentaje de deducción. El porcentaje de deducción aplicable en los períodos impositivos iniciados a partir de 2007 será del 12%. El porcentaje para 2008 será del 9%.
Resolución de 9 de octubre de 2006, de la Secretaría de Estado de Turismo y Comercio, por la que se aprueba el calendario oficial de Ferias Comerciales....
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