El proyecto de ley donde se recoge este producto debería revisar los incentivos fiscales, como la obligatoriedad de que la hipoteca inversa tenga que solicitarse exclusivamente sobre la vivienda habitual. No está justificado que la vivienda habitual tenga que ser el único inmueble sobre el que pueda constituirse la hipoteca inversa, ya que dejaría sin posibilidad de acudir a solicitar este tipo de crédito a las personas que vivan en régimen de arrendamiento. Además, al exigirse por parte de las entidades financieras que la vivienda esté ubicada en una población con un mercado inmobiliario rentable, “supone otro obstáculo si la casa principal no se encuentra en dicho ámbito y sí, sin embargo, otros inmuebles.
(Síntesis Diaria, 10 – 08 – 2007).